Revocación por la JEC de acuerdos de Juntas inferiores por desconocimiento de su doctrina
Desestima la solicitud de revocación formulada por la coalición Por Andalucía contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Granada que rechazó un nuevo recurso de alzada en el asunto de la suspensión, por la Junta Electoral de Zona de Órgiva, de la presentación de un documental en el Ayuntamiento de Dúrcal: el escrito no identifica mínimamente la doctrina de la JEC supuestamente desconocida, y el expediente revela una mera discrepancia con la interpretación de la LOREG hecha por ambas Juntas, no la transgresión de la doctrina de la JEC que constituye el presupuesto de la revocación de oficio.