Propuesta tardía de vocal de junta vecinal en Cantabria y elegibilidad del propuesto
Corresponde expedir la credencial de vocal de la Junta Vecinal de Pámanes al candidato propuesto por el representante del PSOE aunque la propuesta se hiciera pasado el plazo de diez días del artículo 11.2 de la Ley de Cantabria 6/1994: la notificación de la Junta Vecinal no indicó ese plazo ni las consecuencias de incumplirlo, y la finalidad de la ley es que la composición de las juntas vecinales responda a los resultados electorales. Se rechaza la alegación de inelegibilidad del Presidente de la Junta Vecinal, pues el propuesto estaba empadronado en la entidad local en la fecha de la propuesta, que es la que debe tenerse en cuenta conforme al artículo 7.1 de la LOREG.
También afecta a: § 5.3