Acuerdo 181/1994, de 25 de mayo de 1994

AcuerdoCriterio general

Comisión provincial de Radio y Televisión y espacios gratuitos de una coalición

Resumen

Tiene derecho a formar parte de la comisión provincial de Radio y Televisión un representante de la coalición integrada, entre otros, por un partido que obtuvo representación parlamentaria en las anteriores elecciones al Parlamento de Andalucía; según criterio reiterado de la JEC, para determinar los espacios gratuitos de propaganda electoral han de tenerse en cuenta los votos obtenidos en la convocatoria anterior equivalente por el partido político que en las presentes elecciones se integra en una coalición.

Epígrafe
§ 11.1 Espacios gratuitos: derecho y criterios de distribución
Sesión
1994-05-25
Expediente
290/14

También afecta a: § 11.2 · § 7.2

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