Cómputo del plazo de alegaciones a una denuncia concedido por horas por una Junta Provincial
Desestima el recurso de Sumar contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla que tuvo por extemporáneas sus alegaciones a una denuncia del PSOE contra Canal Sur Radio y Televisión: la Instrucción 11/2007 tiene por objeto exclusivamente la tramitación de los recursos del artículo 21 de la LOREG y sus criterios de cómputo no son aplicables a procedimientos distintos; la Junta concedió un plazo de veinticuatro horas y resolvió inmediatamente tras su transcurso, en plena campaña electoral, de modo que las alegaciones posteriores no podían ser consideradas. Además, el denunciante no recurrió el acuerdo que desestimó la denuncia, que ha adquirido firmeza.
También afecta a: § 20.2