Acuerdo 184/2015, de 6 de mayo de 2015

AcuerdoCriterio general

Entrevistas electorales en medios públicos el último día de campaña

Resumen

La inclusión del último día de campaña en el calendario de entrevistas electorales del plan de cobertura informativa forma parte de la autonomía de los medios de comunicación, siempre que se haga con pleno respeto a los principios de pluralismo político y social, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa del artículo 66 de la LOREG. La JEC reconsidera así el criterio de sus Acuerdos de 26 de octubre de 1989 y 27 de febrero de 1996, que excluían ese día, atendiendo a que no existe limitación legal, a que el calendario quedó reducido a quince días tras la Ley Orgánica 13/1994 y al consenso generalizado reflejado en numerosos planes de cobertura; en consecuencia, estima el recurso de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y revoca el acuerdo de la Junta Electoral de Aragón que le exigía reprogramar las entrevistas.

Epígrafe
§ 11.6 Entrevistas en medios públicos
Sesión
2015-05-06
Expediente
293/497

También afecta a: § 11.3

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