Acuerdo 184/2024, de 30 de mayo de 2024

AcuerdoCriterio general

Plan de cobertura de un medio autonómico en elecciones europeas: resultados en el ámbito de difusión

Resumen

Desestima el recurso de la Coalición por una Europa Solidaria contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona sobre el Plan de Cobertura de la CCMA: conforme al apartado cuarto 2.1 de la Instrucción 4/2011, la información dedicada a cada formación se ajusta proporcionalmente a los resultados de las últimas elecciones equivalentes en el ámbito de difusión del medio, y la recurrente solo obtuvo el 0,10% de los votos válidos en Cataluña, por lo que no es contrario a la igualdad y la proporcionalidad que carezca de tratamiento específico y se integre en la información general. Es irrelevante que obtuviera representación en el Parlamento Europeo, pues, tratándose de una circunscripción nacional y de un plan de ámbito territorial limitado, ha de atenderse a los votos obtenidos en la comunidad autónoma.

Epígrafe
§ 11.3 Planes de cobertura informativa de los medios públicos
Sesión
2024-05-30
Expediente
293/1669

También afecta a: § 11.4

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →