Modificación unilateral del plan de cobertura informativa por un medio público
Estima parcialmente el recurso de Coalición por Europa: una vez aprobado, la modificación del plan de cobertura informativa de un medio de titularidad pública corresponde, en su caso, a las mismas formaciones políticas y a la Administración electoral que participaron en su aprobación, sin que se ajuste a derecho su modificación unilateral por la dirección del medio, regla que no observó la Dirección de Televisión de Cataluña al suscribir un «documento de conciliación» sobre los criterios de cobertura de la campaña para poner fin a una huelga. Desestima, en cambio, la revocación íntegra del acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, al no haberse denunciado ninguna infracción sustantiva concreta del plan ni acreditado cómo afecta ese acuerdo a la neutralidad informativa y al pluralismo político.