Vacante por fallecimiento del Presidente de la comisión gestora de una entidad local menor
Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, corresponde a la Diputación Provincial designar a los miembros de la comisión gestora de una entidad de ámbito territorial inferior al municipio, oídos los representantes de las formaciones políticas; según su artículo 4.1, en caso de vacante en la presidencia de la comisión gestora por fallecimiento se designa un nuevo vocal conforme al artículo 1.º, apartado 2, y posteriormente al Presidente por el procedimiento del artículo 1.º, apartado 3.