Acuerdo 194/2003, de 13 de mayo de 2003

AcuerdoCriterio general

Desplazamiento de Correos a residencias y hospitales para tramitar el voto por correo

Resumen

La LOREG no impide instalar Oficinas de Correos en residencias u hospitales para cumplir las funciones del artículo 72 respecto de las personas ingresadas, siempre que la medida se adopte con carácter general: si se adoptan medidas en determinados centros hospitalarios o asistenciales para la gestión del voto por correo, han de preverse para todos los de la misma naturaleza, de titularidad pública o privada.

Epígrafe
§ 14.9 Internos en centros penitenciarios, hospitalizados y residentes en centros asistenciales
Sesión
2003-05-13
Expediente
320/176

También afecta a: § 14.1

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