Acuerdo 194/2016, de 26 de junio de 2016

AcuerdoCaso concreto

Actos institucionales de un Presidente autonómico en período electoral

Resumen

Comparte el criterio de la Junta Electoral Provincial de Zaragoza, frente al recurso de Unidos Podemos, de que no se aprecian connotaciones electoralistas en cuatro actos institucionales del Presidente de Aragón (reunión con el Presidente de la Comunidad Valenciana sobre asuntos de su competencia, un congreso mundial sobre energía, una carrera cicloturista y la firma de un convenio entre entidades privadas): sus declaraciones se ciñen a los eventos concretos y no constituyen campaña de logros. Los períodos electorales no interrumpen el normal funcionamiento de las Administraciones Públicas, que deben respetar de forma particularmente escrupulosa la neutralidad política, evitando alusiones a realizaciones o logros e inducir el sentido del voto, como recoge la Instrucción 2/2011. Excede de la competencia de la Administración electoral considerar el momento en que las instituciones comunican la agenda de sus Presidentes.

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2016-06-26
Expediente
293/746

También afecta a: § 10.7

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