Acuerdo 207/2019, de 16 de abril de 2019

AcuerdoCaso concreto

Alusiones a logros de gestión en los perfiles municipales en redes sociales

Resumen

Desestima el recurso del Alcalde de Pravia y confirma el requerimiento de la Junta Electoral Provincial de Asturias de retirar las publicaciones denunciadas: es contrario al artículo 50.2 de la LOREG incluir en las páginas, perfiles o webs institucionales de un ayuntamiento alusiones a realizaciones o logros obtenidos, y así ocurre con las referencias, hechas durante el período electoral en los perfiles oficiales de Facebook y Twitter del Ayuntamiento, al plan municipal de limpieza, al saneamiento, a la visita a unas obras y a la renovación del alumbrado.

Epígrafe
§ 10.5 Publicaciones, webs y redes sociales institucionales
Sesión
2019-04-16
Expediente
293/943

También afecta a: § 10.2

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