Vacantes de concejal sin candidatos ni suplentes que puedan cubrirlas
Expide credencial a los dos candidatos a quienes corresponde sustituir a dos concejales renunciantes de la lista del Partido Popular en el Ayuntamiento de Frómista, ante la renuncia anticipada de quienes les preceden; respecto de las otras dos vacantes, al no quedar candidatos en la lista y haber renunciado anticipadamente los suplentes, no cabe la sustitución y el Ayuntamiento debe funcionar, conforme al artículo 182 de la LOREG, con los concejales que permanecen, computándose los quórum de asistencia y votación sobre el número de hecho de miembros de la Corporación.