Papeletas al Senado confeccionadas por los partidos con las cruces impresas
Son válidas las papeletas al Senado que lleven impresas las cruces junto a los nombres de los candidatos, siempre que no se ofrezcan en los colegios electorales el día de la votación, aunque sirven para emitir el sufragio; es criterio reiterado que la JEC acuerda trasladar por circular a las Juntas Electorales Provinciales ante su disparidad de criterios.
También afecta a: § 17.2