Permiso el día posterior a las elecciones para miembros y personal de las Juntas
La LOREG prevé el permiso para los miembros de Mesas, sin perjuicio de que la Junta Electoral Provincial, en función de la carga de trabajo soportada por su personal y de las necesidades del servicio, pueda organizar los turnos y medidas que tenga por conveniente.
También afecta a: § 2.5