Junta competente para distribuir los espacios gratuitos en los medios públicos de Canarias
Califica como consulta aclaratoria el escrito de Radio Televisión Canaria, pues la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife se limitó a pedirle franjas horarias y días de emisión, y declara que en Canarias rige el apartado sexto de la Instrucción 5/2011, de 7 de abril: corresponde a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Canarias distribuir los espacios gratuitos en los medios de la Comunidad y en la programación regional de los medios nacionales, en un bloque para las elecciones a la Asamblea Legislativa, según los resultados de las anteriores a la misma, y otro según los resultados de las anteriores elecciones municipales.
También afecta a: § 1.8