Acuerdo 242/2005, de 10 de noviembre de 2005

AcuerdoCriterio general

Incompatibilidad de concejal contratado por el Ayuntamiento con cargo a subvención del INEM

Resumen

No existe incompatibilidad con la condición de concejal si el interesado no se incorpora a la plantilla de personal del Ayuntamiento, ni cuando se trata de obras de corta duración financiadas con fondos ajenos al Ayuntamiento, siempre que no se convierta en contratista de la Corporación local, supuesto incompatible conforme al artículo 178.2.d) de la LOREG.

Epígrafe
§ 5.4 Incompatibilidad de concejales: empleados del Ayuntamiento y de sus entes dependientes
Sesión
2005-11-10
Expediente
251/347

También afecta a: § 5.5

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