Inauguración de la sede de un organismo europeo en Alicante durante el período electoral
Desestima el recurso de la coalición PSOE Progresistas por los propios fundamentos del acuerdo recurrido y del informe de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana, que no se reproducen, y declara que el acto de inauguración de la sede en Alicante de la Oficina de Armonización del Mercado Interior, previsto para el 10 de junio, no resultaría contrario a los preceptos de la Ley Electoral ni a los principios por los que debe velar la Administración electoral.