Resultados de las elecciones locales de 1987 necesarios para abonar subvenciones
Trámite: requiere nuevamente a los Secretarios de las Juntas Electorales Provinciales para que remitan antes del 15 de julio los expedientes íntegros de las elecciones locales de 1987 de los municipios de cuyos resultados no dispone la JEC, con los datos de electores, votantes, votos a cada candidatura, nulos y en blanco y concejales electos por candidatura, a fin de ponerlos en conocimiento del Tribunal de Cuentas.
También afecta a: § 17.8