Acuerdo 249/1991, de 1 de julio de 1991

AcuerdoTrámite

Resultados de las elecciones locales de 1987 necesarios para abonar subvenciones

Resumen

Trámite: requiere nuevamente a los Secretarios de las Juntas Electorales Provinciales para que remitan antes del 15 de julio los expedientes íntegros de las elecciones locales de 1987 de los municipios de cuyos resultados no dispone la JEC, con los datos de electores, votantes, votos a cada candidatura, nulos y en blanco y concejales electos por candidatura, a fin de ponerlos en conocimiento del Tribunal de Cuentas.

Epígrafe
§ 18.3 Subvenciones electorales: requisitos y cuantía
Sesión
1991-07-01
Expediente
000/91070103

También afecta a: § 17.8

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