Acuerdo 25/2023, de 16 de febrero de 2023

AcuerdoCriterio general

Cese de un vocal de entidad local autónoma por pérdida de confianza de su formación

Resumen

No cabe la sustitución de los miembros de las entidades locales menores sino por renuncia, fallecimiento, incapacidad o inhabilitación, y no por voluntad de la candidatura que los propuso, según doctrina reiterada; ni la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, ni la LOREG contemplan la remoción de un vocal designado por una formación política por pérdida de confianza de esta.

Epígrafe
§ 24.7 Vocales de juntas vecinales: vacantes y sustitución
Sesión
2023-02-16
Expediente
354/647

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