Acuerdo 263/1989, de 29 de octubre de 1989

AcuerdoCaso concreto

Expedición de credencial tras la declaración municipal de vacante de concejal

Resumen

Declarada la vacante por el Ayuntamiento, la Junta ha de expedir la credencial al siguiente de la lista; es el acuerdo municipal el que, en su caso y dentro del plazo y por el cauce correspondiente, habría de ser o haber sido objeto de recurso, lo que se responde a quien solicitaba ser repuesto en el cargo de concejal.

Epígrafe
§ 23.3 Cobertura de vacantes: orden de la lista y procedimiento
Sesión
1989-10-29
Expediente
000/89102905

También afecta a: § 23.6

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