Escrito de una candidata no electa que se desvincula de su formación política
En las candidaturas de lista no se votan nombres sino listas, los escaños se adjudican globalmente a estas y se reparten por orden de colocación; por ello, el escrito de una candidata que se desvincula de su formación es una mera declaración de intenciones que habrá de confirmarse si es llamada a ocupar el cargo de concejal por baja de quienes la preceden, en cuyo caso deberá remitirse a la JEC certificado de su comparecencia personal ante el Secretario de la Corporación ratificando su renuncia a tomar posesión. Es criterio reiterado.