Sustitución de miembros de Mesa excusados por familiares voluntarios
El sistema de designación de los miembros de Mesa es el previsto en el artículo 26 de la LOREG, que no contempla que los designados por ese procedimiento sean sustituidos por sus familiares, lo que se responde a una Junta Electoral de Zona que, ante las excusas presentadas y la escasez de tiempo, nombró sustitutos a familiares que se ofrecieron voluntariamente.
También afecta a: § 2.4