Acuerdo 268/2024, de 24 de julio de 2024

AcuerdoCaso concreto

Acceso a actas de sesión de las mesas y a resultados provisionales informáticos

Resumen

Estima parcialmente el recurso contra la denegación por la Junta Electoral Provincial de Navarra: esta debe permitir obtener copia del acta de sesión del escrutinio general y el acceso a las actas de sesión de las mesas electorales, sin coste para la Administración y respetando la protección de datos, si bien, dado el volumen de documentación (850 mesas), puede remitir a la interesada al Archivo Histórico Provincial si está previsto su traslado inmediato o, en otro caso, adoptar su Secretaría las medidas que permitan el acceso sin perjuicio material para la documentación (artículo 12.2 de la LOREG). Lo desestima respecto de las actas de escrutinio del voto CERA y de escrutinio general, por ser información publicada (artículo 18.1 a) de la Ley 19/2013), y respecto de los resultados provisionales aportados en soporte informático por la empresa Indra, por ser información auxiliar o de apoyo (artículo 18.1 b).

Epígrafe
§ 17.8 Custodia, archivo y acceso a la documentación electoral
Sesión
2024-07-24
Expediente
802/110

También afecta a: § 20.5 · § 17.7

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