Cesión de locales municipales a formaciones políticas ante un posible referéndum estatutario
Si se convoca el referéndum sobre el Estatuto de Cataluña, serán de aplicación los artículos 54 y siguientes de la LOREG, que regulan la reserva por los Ayuntamientos de locales oficiales y lugares públicos para la realización gratuita de propaganda electoral y su atribución por las Juntas Electorales de Zona a las entidades políticas.
También afecta a: § 9.3