Imposibilidad de ejecutar el acceso reconocido a las actas de sesión de las mesas electorales
Desestima la reclamación de un particular que pedía la ejecución del Acuerdo 53/2024 de la JEC, que le reconoció el acceso a las actas de sesión de las mesas de la circunscripción de Sevilla en las elecciones generales de 2023, y la apertura de expediente sancionador a la Junta Electoral Provincial de Sevilla: el derecho de acceso reconocido al amparo de la Ley 19/2013 está condicionado a que no suponga coste alguno para la Administración y respete la legislación de protección de datos, y la Junta Provincial, subsanada la falta de notificación del acuerdo, ha acreditado razonadamente un impedimento fáctico insalvable, pues la documentación está depositada en el Archivo Territorial de la Audiencia Provincial y la provisión de medios supondría un gasto de 25.742,16 euros anuales. La JEC acuerda además solicitar al Ministerio del Interior, conforme al artículo 13.2 de la LOREG, que adopte con urgencia medidas, como la digitalización, para que los ciudadanos puedan acceder de forma sencilla y efectiva a las actas de las mesas en cada proceso electoral.
También afecta a: § 20.5