Acuerdo 291/1999, de 17 de mayo de 1999

AcuerdoCaso concreto

Destinatario de las notificaciones en una iniciativa legislativa popular con varios interesados

Resumen

Conforme al artículo 33 de la Ley 30/1992, cuando en un escrito figuren varios interesados, las actuaciones se entienden con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado y, en su defecto, con el que figure en primer término, lo que se responde a la solicitud de notificación de todos los trámites de una iniciativa legislativa popular.

Epígrafe
§ 25.1 Presentación de la iniciativa y trámites generales
Sesión
1999-05-17
Expediente
400/40

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →