Acuerdo 305/1995, de 11 de mayo de 1995

AcuerdoCaso concreto

Papeletas de entidades municipales descentralizadas no ajustadas al modelo oficial

Resumen

Han de considerarse válidos los votos emitidos en las papeletas verificadas por la Junta Electoral de Zona que ya han sido remitidas para el voto por correo; las papeletas de las entidades municipales descentralizadas no ajustadas al modelo oficial deben confeccionarse nuevamente.

Epígrafe
§ 13.3 Disponibilidad, errores y sustitución de papeletas
Sesión
1995-05-11
Expediente
310/71

También afecta a: § 17.2 · § 24.5

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →