Acuerdo 314/2007, de 9 de junio de 2007

AcuerdoCriterio general

Nulidad de papeletas cortadas por la mitad en municipio con varias candidaturas en una papeleta

Resumen

Desestima el recurso de Coalició Progrés Municipal y mantiene la nulidad de seis papeletas cortadas por la mitad en Sant Llorens de la Muga. La JEC ha aceptado como válidas papeletas con cortes cuando fueron erróneamente guillotinadas por la imprenta o cuando el corte, aun hecho por el votante, afectaba solo a un espacio en blanco sin alterar el cuerpo del escrito; no es el caso, pues en las papeletas faltan la mención del proceso electoral, las instrucciones para rellenarlas y la denominación, símbolo y miembros de la otra candidatura concurrente. Tampoco cabe equiparar estas papeletas con el voto CERA, para el que el artículo 190 de la LOREG establece un formato específico que obliga al elector a escribir de propia mano el nombre de la formación y, en municipios de entre 100 y 250 habitantes, de los candidatos, sin que pueda anotar diversas candidaturas.

Epígrafe
§ 17.2 Votos válidos, nulos y en blanco
Sesión
2007-06-09
Expediente
333/327

También afecta a: § 14.6

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