Duración de los espacios gratuitos en RTVE y espacios de programación territorial
Visto el apoyo unánime de los partidos con representación en el Congreso de los Diputados, no hay inconveniente en que los espacios gratuitos de propaganda electoral en RTVE duren 30 segundos, debiendo comunicarlo RTVE con la mayor antelación posible a los representantes de las candidaturas proclamadas; conforme al artículo 26 de la Ley 17/2006, durante los procesos electorales se aplica la legislación electoral, por lo que las formaciones concurrentes tienen derecho a los espacios gratuitos previstos en la LOREG, con la duración que esta indica, incluidos los correspondientes a los ámbitos de programación territorial del medio, cualquiera que sea la extensión temporal de dicho ámbito de programación.
También afecta a: § 11.2