Tramitación de la renuncia de un concejal y expedición de credencial al sustituto
La renuncia al cargo de concejal ha de formularla el interesado ante el Pleno de la Corporación, que toma conocimiento de ella; corresponde a la JEC expedir la credencial al candidato siguiente de la lista una vez producida esa toma de conocimiento y la consiguiente declaración de vacante y cuando la JEC tenga conocimiento formal de ella.
También afecta a: § 23.3