Acuerdo 334/1991, de 11 de enero de 1991

AcuerdoCriterio general

Tramitación de la renuncia de un concejal y expedición de credencial al sustituto

Resumen

La renuncia al cargo de concejal ha de formularla el interesado ante el Pleno de la Corporación, que toma conocimiento de ella; corresponde a la JEC expedir la credencial al candidato siguiente de la lista una vez producida esa toma de conocimiento y la consiguiente declaración de vacante y cuando la JEC tenga conocimiento formal de ella.

Epígrafe
§ 23.1 Renuncia al cargo de concejal
Sesión
1991-01-11
Expediente
000/91011104

También afecta a: § 23.3

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