Acuerdo 336/1996, de 17 de junio de 1996

AcuerdoCaso concreto

Vacante de Alcalde Pedáneo sin otros candidatos y constitución de Comisión Gestora

Resumen

Renunciado el Alcalde Pedáneo y, anticipadamente, el siguiente en número de votos, y no habiendo otros candidatos para cubrir la vacante, ha de procederse conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, de modo que la Diputación Provincial de Granada designe un nuevo vocal que, junto con los que permanecen de la Junta Vecinal, integre la Comisión Gestora de la entidad local.

Epígrafe
§ 24.8 Comisiones y vocales gestores en entidades locales menores
Sesión
1996-06-17
Expediente
359/64

También afecta a: § 24.6

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