Sujetos, instrucción y resolución del expediente sancionador por publicidad institucional en jornada de reflexión
El expediente sancionador por la propaganda institucional difundida en la jornada de reflexión de las elecciones al Parlamento de Andalucía debe dirigirse en principio, y sin perjuicio de lo que de él resulte, contra el Consejero de Economía y Hacienda y el Director General de Turismo de la Junta de Andalucía; su instrucción ha de encomendarse a un vocal de la Junta Electoral de Andalucía, que se abstendrá en la deliberación y votación de la resolución definitiva; la resolución corresponde a esa Junta, con sujeción, en su caso, a los límites cuantitativos que para las sanciones pecuniarias establece la Ley Electoral de Andalucía, dado que los hechos se producen en relación con esas elecciones.
También afecta a: § 10.2