Identificación del elector y voto de los internos en centros penitenciarios
Para ejercer el derecho de sufragio es imprescindible la identificación del elector mediante Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir en el que aparezca la fotografía del titular; en cuanto al voto de quien cumple pena privativa de libertad, ha de estarse a la situación que derive de su régimen penitenciario.
También afecta a: § 16.2