Sobre con una papeleta marcada y otra en blanco en listas abiertas
Desestima el recurso del Partido Popular contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Burgo de Osma que validó un voto, anulado por la Mesa de Castillejo de Robledo, cuyo sobre contenía una papeleta con cuatro cruces a candidatos de una agrupación de electores y otra en blanco: conforme al Acuerdo 329/2015, de 5 de junio de 2015, lo decisivo, en aras de la verdad material, es indagar la voluntad clara e inequívoca del elector, y en una elección con listas abiertas la segunda papeleta en blanco responde, de forma más que probable, a un claro error al recoger la papeleta, sin intención de votar en blanco.
También afecta a: § 23.5