Acuerdo 355/1991, de 29 de abril de 1991

AcuerdoCaso concreto

Momento de constitución de la Comisión de Radio y Televisión

Resumen

La Comisión de Radio y Televisión se designa por la JEC, de conformidad con el artículo 65.3 de la LOREG, una vez proclamadas las candidaturas; se comunica a Izquierda Unida, que pedía su inmediata constitución, que la designación se hará en la sesión del mismo día.

Epígrafe
§ 11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión
Sesión
1991-04-29
Expediente
000/91042920

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