Momento de constitución de la Comisión de Radio y Televisión
La Comisión de Radio y Televisión se designa por la JEC, de conformidad con el artículo 65.3 de la LOREG, una vez proclamadas las candidaturas; se comunica a Izquierda Unida, que pedía su inmediata constitución, que la designación se hará en la sesión del mismo día.