Acuerdo 363/2023, de 14 de junio de 2023

AcuerdoCriterio general

Nulidad de papeletas con dibujos o garabatos trazados voluntariamente por el elector

Resumen

Desestima el recurso del Partido Popular y mantiene la nulidad de tres votos en San Mateo de Gállego emitidos en papeletas con un amplio garabato, una esvástica y el dibujo de una flor. Conforme al artículo 96.2 de la LOREG, interpretado por la Instrucción 1/2012 y por las STC 123/2011 y 158/2015, es nulo el voto en papeleta con cualquier alteración no accidental, pues en las listas bloqueadas la papeleta es suficiente en su literalidad para expresar la voluntad del votante y todo añadido puede ser indicativo de una reserva; no corresponde a la JEC interpretar la intención del elector, sino solo decidir si las señales se trazaron voluntariamente, y las tres alteraciones van más allá de lo accidental y son susceptibles de variadas interpretaciones.

Epígrafe
§ 17.2 Votos válidos, nulos y en blanco
Sesión
2023-06-14
Expediente
333/611

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