Acuerdo 378/2023, de 14 de junio de 2023

AcuerdoCriterio general

Declaraciones electoralistas de un Ministro en la rueda de prensa del Consejo de Ministros

Resumen

Estima parcialmente la denuncia del Partido Popular y declara que el Ministro de la Presidencia vulneró el artículo 50.2 de la LOREG al emitir, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de 6 de junio de 2023, valoraciones que descalifican el proyecto político del líder de otra formación y alusiones elogiosas a los logros del Gobierno. El precepto, interpretado a la luz de los artículos 23.2 y 103.1 de la Constitución, prohíbe el uso partidista de los recursos institucionales; las apreciaciones con connotación electoralista pueden ser legítimas en un acto de campaña o en el ejercicio ordinario de la libertad de expresión, pero no en la actividad institucional de una autoridad, aunque respondan a preguntas de periodistas. Al ser declaraciones espontáneas y la primera vulneración, no incoa expediente sancionador; insta a retirar las manifestaciones de la web institucional durante el resto del período electoral y a extremar la diligencia en futuros actos institucionales.

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2023-06-14
Expediente
293/1495

También afecta a: § 19.1

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