Suma de votos de coaliciones distintas para distribuir puestos en los Consejos Comarcales
Cuando las coaliciones constituidas son distintas, por estar formadas por entidades políticas diferentes, no cabe sumar los votos obtenidos por cada una para distribuir los puestos en los órganos representativos de elección indirecta; cuando son las mismas y solo cambia la denominación con que concurren en los distintos municipios, sí cabe sumarlos a ese efecto.
También afecta a: § 7.2