Acuerdo 399/1999, de 3 de junio de 1999

AcuerdoCriterio general

Prohibición genérica de inauguraciones de obras en período electoral

Resumen

No cabe prohibir genéricamente la inauguración de obras terminadas; ha de estarse, caso por caso, a las circunstancias de la inauguración, a la utilidad de la obra para el servicio público y a las demás que concurran. Desestima por ello el recurso del PSOE contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de León.

Epígrafe
§ 10.3 Inauguraciones y presentaciones de obras, servicios y proyectos
Sesión
1999-06-03
Expediente
290/563

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