Acuerdo 40/2001, de 22 de marzo de 2001

AcuerdoCaso concreto

Lengua del procedimiento ante la JEC y traslado de acuerdos en gallego

Resumen

Frente a la solicitud de un recurrente de que se le traslade un acuerdo de la JEC en la lengua oficial propia de Galicia, se declara que, conforme al inciso inicial del artículo 36.1 de la Ley 30/1992, en su redacción por la Ley 4/1999, la lengua oficial del procedimiento es el castellano.

Epígrafe
§ 6.6 Lenguas cooficiales en el proceso electoral
Sesión
2001-03-22
Expediente
800/2

También afecta a: § 20.3

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