Acuerdo 413/2007, de 8 de noviembre de 2007

AcuerdoCaso concreto

Cuenta de ingreso del importe de las sanciones impuestas por una Junta de Zona

Resumen

El importe de las sanciones impuestas por una Junta Electoral de Zona debe ingresarse en la cuenta de la Tesorería General del Estado, de conformidad con el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Epígrafe
§ 19.2 Infracciones electorales: responsables y cuantía de las multas
Sesión
2007-11-08
Expediente
362/13

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