Acuerdo 415/2023, de 15 de junio de 2023

AcuerdoCaso concreto

Corrección de un acta de escrutinio con base en una copia enmendada a mano

Resumen

Desestima el recurso del Partido Independiente La Figuereta, que pedía corregir el acta de escrutinio de una Mesa de Isla Cristina para atribuirle 50 votos en lugar de 4: aunque con ello cuadraría el total de votos, la copia del acta modificada a mano que se atribuye a la representante de la Administración es solo un indicio insuficiente, pues los únicos documentos auténticos son los elaborados por las Mesas; la Junta Electoral de Zona de Ayamonte actuó correctamente al no poder subsanar el error conforme al artículo 106 de la LOREG por falta de documentación válida que diera certeza, tras examinar también los sobres número 2 y 3 según el artículo 105.

Epígrafe
§ 17.3 Escrutinio general: procedimiento y facultades de las Juntas
Sesión
2023-06-15
Expediente
333/561

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