Excusa para ser miembro de Mesa electoral del director de un diario de información general
Podría admitirse como excusa para ser miembro de Mesa electoral la de ostentar concretamente el cargo de director de un diario de información general, atendida la responsabilidad directa y personal que recae sobre estos directores y la función de tales diarios, de evidente trascendencia pública en relación con el derecho de los ciudadanos a la información veraz del artículo 20 de la Constitución; criterio que la JEC traslada en ejercicio de la potestad del artículo 19.1.f) de la LOREG. No obstante, corresponde a las Juntas Electorales de Zona aceptar o no en cada caso las excusas que se formulen.