Acuerdo 454/1996, de 25 de marzo de 1996

AcuerdoCaso concreto

Cómputo de votos de coaliciones autonómicas para la subvención por envíos de propaganda

Resumen

Para determinar la subvención por envíos de propaganda electoral en las elecciones generales de 3 de marzo de 1996 han de computarse conjuntamente los votos obtenidos por Izquierda Unida y por las coaliciones que formó en las Comunidades Autónomas de Murcia, Extremadura y Cataluña, de acuerdo con la voluntad expresada por dicha entidad política.

Epígrafe
§ 18.3 Subvenciones electorales: requisitos y cuantía
Sesión
1996-03-25
Expediente
341/155

También afecta a: § 7.2

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →