Acuerdo 458/2003, de 5 de junio de 2003

AcuerdoCaso concreto

Irregularidades censales y candidata miembro de Mesa alegadas contra el escrutinio general

Resumen

Desestima el recurso que pretendía anular la votación en Borrenes: las irregularidades en la inscripción censal de quince personas en la pedanía de Voces no pueden comprobarse en el estrecho y sumario cauce del artículo 108.3 de la LOREG, inadecuado para ese fin, para el que la ley prevé el específico de los artículos 39 y 40; y la presencia en la Mesa de una candidata suplente a una pedanía, aunque incompatible conforme al artículo 27.1, no es irregularidad invalidante al no haberse formulado queja u observación en las actas, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
2003-06-05
Expediente
333/231

También afecta a: § 3.3 · § 2.2

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