Distribución de espacios gratuitos en radio y televisión: cadena y banda horaria
Archiva la queja del Partit Illenc de ses Illes Balears por ser reiteración de las resueltas en las sesiones de 17 y 22 de mayo de 2011, sin elementos nuevos: la formación dispuso del minutaje que le correspondía en los medios públicos de las Islas Baleares, en una distribución conforme con los artículos 61 a 67 de la LOREG, y obtuvo además espacios en IB3 Radio tras una reasignación de tiempos. La LOREG no atribuye derecho a que todas las entidades políticas disfruten sus espacios en la primera cadena de TVE, y caben diferencias de banda horaria o de cadena en función del resultado obtenido por cada formación en las anteriores elecciones equivalentes.
También afecta a: § 11.2