Propuesta de vocales de Junta Provincial por los partidos: plazo, lugar de presentación y carácter conjunto
Estima el recurso de Unión de Centro Democrático, Partido Comunista de España y Partido Socialista Obrero Español contra la designación subsidiaria de vocales hecha por el Presidente de la Junta Electoral Provincial de Burgos y ordena sustituirlos por los propuestos: la propuesta se emitió en plazo y los partidos obraron con buena fe y la diligencia exigible al entregarla al Secretario del Juzgado de Distrito sito en el mismo edificio, al no haber dependencia de la Junta abierta hasta las 24 horas del último día, sin que obste no haber acudido a las oficinas del artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo ni al buzón de la Audiencia; el carácter conjunto de la propuesta, de ser exigible en el referéndum, no requiere la firma de todos los partidos con representación parlamentaria, sino que basta que la formulen varios sin que los demás presenten otra contradictoria. Al no concurrir nulidad de pleno derecho, se mantiene la validez de lo actuado por la Junta hasta la comunicación de la anulación.