Solicitud preventiva de nuevos criterios de cobertura informativa en los medios públicos
Conforme a la Instrucción 4/2011, la JEC interviene respecto de los planes de cobertura informativa de los medios de titularidad pública solo como consecuencia de las quejas, reclamaciones o recursos concretos que las candidaturas concurrentes presenten contra el plan de cada ente público; no le corresponde realizar actuaciones preventivas ni dictar instrucciones a los medios públicos sobre cómo deben cubrir un proceso electoral. La formación interesada podrá en su momento reclamar o recurrir el plan ante la Junta Electoral competente.
También afecta a: § 1.2