Falta de concreción de la pretensión en el recurso contra el escrutinio general
Desestima el recurso de una agrupación de electores contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Villarcayo sobre el escrutinio de la entidad local menor de Panizares: el escrito, que alude a un supuesto «ambiente coercitivo» de la Mesa, no concreta fundamentos de Derecho ni pretensión, que tampoco se anticipan en el acta de sesión ni en la de escrutinio, por lo que carece de la concreción que requiere un pronunciamiento de la JEC al amparo del artículo 108.3 de la LOREG.
También afecta a: § 24.5