Validez de la papeleta oficial en blanco con el sí o no manuscrito
Son válidas las papeletas en blanco según modelo oficial en las que el votante incorpore, en el recuadro correspondiente, el sí o el no expresivo del sentido de su voto, por no estar incluidas en los supuestos de nulidad del artículo 19 del Real Decreto 2120/78, de 25 de agosto; la JEC acuerda dirigir circular a las Juntas Provinciales para su traslado a las Mesas a través de las Juntas de Zona.
También afecta a: § 17.2